Hace poco tiempo estuve comprometida con un joven durante siete meses, durante los cuales concluimos el contrato marital con la ayuda de un oficial de matrimonio. Más tarde, rompimos nuestro compromiso. Recientemente, decidimos volver a estar juntos. Fuimos con el oficial de matrimonio, que nos dijo: “Eso es inadmisible, y esta (ruptura de compromiso) se considera como un primer (pronunciamiento de) divorcio.” ¿Eso es cierto? Necesito una solución.
¡Alabado sea Al-lah!, Señor de los mundos. Testifico que nadie merece ser alabado excepto Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
Si el contrato matrimonial se concluyó realmente, entonces la fatwa que te ha dado el Shaykh es correcta. El divorcio antes de la consumación del matrimonio siempre es irrevocable, en el sentido de que la mujer sale de la autoridad del hombre, quien deja de tener derechos sobre ella.
Pero él puede proponerte matrimonio de nuevo: Si tu tutor y tú lo aprueban, entonces él se casará contigo con un nuevo contrato, dos testigos y una dote. Pero en caso de que no haya tenido lugar un divorcio, y que hayas sido tú la que canceló el contrato de matrimonio de manera unilateral, entonces no hubo divorcio y aún estarías casada con él, ya que el (derecho de) divorcio está en manos del marido.
Y Al lah sabe más.
Puede buscar una Fatwa según las siguientes opciones: