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Las doctrinas del Cristianismo y del Islam (Parte 3)

Las doctrinas del Cristianismo y del Islam (Parte 3)

La filiación divina de Cristo 

Tampoco el dogma de la filiación divina de Cristo es conforme a sus enseñanzas. De hecho, la Biblia utiliza expresiones equivalentes para Adán (“Adán, el hijo de Dios”, Lucas 3:38) y otros profetas anteriores a Cristo. En Éxodo 4:22 leemos: “Y tú [Israel] le dirás [a Faraón]: Esto dice el Señor: Israel es mi hijo primogénito”; en Salmos 2:7 David afirma: “Yo proclamaré el decreto del Señor:«Tú eres mi hijo», me ha dicho; «hoy mismo te he engendrado.”, y en Crónicas I 22:10, se dice de Salomón: “Él será quien me construya un templo. Él será para mí como un hijo, y yo seré para él como un padre. Yo afirmaré para siempre el trono de su reino en Israel”. Así pues, a la vista de las citas anteriores y de otra profusión de lugares en la Biblia debemos concluir que el término “hijo” no es usado en tales contextos en sentido propio sino figurado, y que debe entenderse que el “hijo de Dios” es la persona bien amada por Dios. El mismo Jesús dijo: “Amen a sus enemigos y oren por quienes los persiguen,para que sean hijos de su Padre que está en el cielo.” (Mateo 5:44-45) y “Dichosos los que trabajan por la paz, porque serán llamados hijos de Dios” (Mateo 5:9). No cabe la menor duda de lo que Jesús quiere decir cuando afirma que alguien es “hijo de Dios”.

 
No existe justificación posible para no entender que Jesús es el hijo de Dios en sentido figurado. Cuando afirmamos que Jesús es el hijo de Dios estamos diciendo exactamente lo mismo que cuando lo predicamos de Adán, del pueblo de Israel, de David o de Salomón. Esto sin tener en cuenta que si en trece ocasiones la Biblia denomina a Jesús “hijo de Dios”, nada menos que en ochenta y tres lo denomina “hijo del hombre”. El Islam rechaza con la mayor energía la filiación divina de Cristo. Así lo establece el Corán con claridad meridiana: {Dicen: Al-lah ha tenido un hijo. ¡Glorificado sea! Suyo es cuanto hay en los cielos y en la Tierra , todo está sometido a Él} [Corán 2: 116]. En definitiva, atribuir al hijo filiación divina quiebra el principio de perfección de Dios, ensalzado sea.
 
El pecado original
 
El pecado original es el cometido por Adán al desobedecer a Dios y comer el fruto prohibido del árbol de la ciencia del bien y del mal (Génesis 2:17). La doctrina cristiana sostiene que todos los seres humanos han heredado esa culpa, lo que significa que todos los hombres son concebidos con tal mancha. Y puesto que, continúa la doctrina cristiana, el principio de justicia divina exige la expiación de la culpa, Dios no puede perdonar el pecado, aún el venial, sin cobrarse por ello cumplida compensación. Y, por más asombroso que resulte, puesto que conforme a lo que Pablo establece en la Epístola a los Hebreos (9:22), “sin derramamiento de sangre no hay perdón”[1], entonces, la doctrina Cristiana concluye que el pecado original debe lavarse con sangre.
 
Mas, ¿qué remisión cabría de sangre impura y culpada? La redentora habrá de ser sangre no contaminada, perfecta y limpia de corrupción. Y es por eso que Jesús, el “Hijo de Dios” sin pecado, vino al mundo, fue crucificado, sufrió una agonía indecible y derramó la sangre de sus venas. Así quedó purgada la culpa de la humanidad. Al fin y al cabo, solo el Dios infinito podía pagar el infinito precio del pecado. Por lo tanto, sólo quien acepte que Jesús es el Redentor puede salvarse. A menos que admitamos nuestra redención por la pasión y muerte de Cristo estaremos condenados al fuego eterno. En todo este asunto caben distinguir las siguientes cuestiones:
 
1. El concepto de pecado original.
2. La creencia en que el principio de justicia divina exige que la remisión de la pasión y muerte de Cristo redimió del pecado a toda la humanidad y que la única vía para la salvación eterna del alma es el que discurre por el camino de la fe en el sacrificio de Cristo por los hombres[2].
 
Comencemos analizando la primera. En la página 140 del libro titulado Catholic Teaching, obra del reverendo padre De Groot, leemos: “Las Sagradas Escrituras nos enseñan que el pecado de Adán se transmitió a todos los seres humanos, excepción hecha de Nuestra Santísima Señora.” Y en Romanos 5:8-19: “Así como el delito de uno solo [Adán] atrajo la condenación a todos los hombres, así también la justicia de uno solo [Cristo] ha merecido a todos los hombre la justificación que da vida.” No cabe otra interpretación: todos los seres humanos han heredado el pecado de Adán. Pero lo cierto es que, como tantos otros dogmas cristianos, el del “pecado heredado” no tiene fundamento alguno en las enseñanzas de Jesús o de los Profetas que le precedieron.
 
Los profetas siempre enseñaron que el hombre es responsable de sus propios actos y solo de sus propios actos, y que los hijos no heredan las culpas de sus padres. Prueba de que el hombre nace sin culpa ni pecado la tenemos en que, para Jesús, nada había tan inocente y puro como un niño. Recordemos cuando dijo a los discípulos: “Cuando Jesús se dio cuenta, se indignó y les dijo: «Dejen que los niños vengan a mí, y no se lo impidan, porque el reino de Dios es de quienes son como ellos.Les aseguro que el que no reciba el reino de Dios como un niño, de ninguna manera entrará en él.” (Marcos 10:14-15)
 
El Islam condena con la mayor energía el dogma del pecado y que se cobre un precio de sangre. También para el Islam los niños son criaturas puras que nacen sin pecado o culpa. La culpa no se hereda. La culpa es una carga individual que nos imponemos al hacer lo que no debíamos o no hacer lo que debíamos.
 
Es el colmo de la injusticia condenar a toda la humanidad por el pecado de su antecesor, todo esto atenta contra la sana razón. El pecado es, por definición, una trasgresión voluntaria de la ley de Dios o de la norma que distingue el bien y el mal. La responsabilidad o el castigo por dicha culpa solo pueden recaer en la persona que la comete, jamás en sus descendientes. Considerar al hombre cargado de pecado al nacer parece una broma de mal gusto. ¡Cuán duro de corazón, insensato e ilógico hay que ser para, con San Agustín, deducir del dogma del pecado original que los niños sin bautizar están condenados a arder en el infierno por los siglos de los siglos…! Pero la dura realidad es que hasta fechas muy recientes a los niños sin bautizar no se les daba cristiana sepultura, por la peregrina razón de que habían muerto sin expiar el pecado original y, en consecuencia, en pecado mortal.
 
Queda demostrado que el principio sobre el que se sustenta el dogma del pecado original no es acorde ni a las enseñanzas de Jesús ni a la sana razón, no podremos menos que concluir que todas sus consecuencias doctrinales son igualmente falsas. Esto en lo que toca a la primera cuestión. Volvamos ahora a la segunda, esto es, al principio que exige que para la remisión del pecado original y de todos los posteriores pecados de los hombres se cobre un precio toda vez que, si Dios perdonara al pecador sin aplicarle el correspondiente castigo, ello significaría que no existe justicia divina. A este respecto, en una obra titulada The Atonement (en español, La expiación de los pecados), y concretamente en su página cinco, afirma el reverendo W. Goldsack: “Debe quedar para todos más claro que el agua que Dios no puede sin más vulnerar las normas que Él mismo ha impuesto. En consecuencia, Dios no puede perdonar al pecador sin aplicarle el conveniente castigo. Pues si de tal modo obrase, ¿cómo podríamos calificarlo de ecuánime?” Con afirmaciones como esa solo se demuestra la ignorancia -a la que se ha llegado por negligencia y terquedad- respecto a la naturaleza de Dios. Dios no es un juez común o rey justiciero. Dios es, citando el Corán, “clemente, su misericordia todo lo abarca, suyo es el Día del Juicio Final.” Dios, por tanto, es mucho más que justo: como dice José, (lo que se interpreta en español): {¡Él es el más misericordioso entre los misericordiosos!} [Corán 12:92] 
 

Al hombre contrito y con el ánimo inclinado a templar sus malas pasiones, ¿cómo no habría Dios todopoderoso de perdonarle sin más sus faltas e imperfecciones? Al fin y al cabo, la función general del castigo no es sino prevenir el pecado y promover la reforma del pecador. Imponer un castigo por faltas pasadas que fueron objeto de arrepentimiento y reforma no es justicia, sino venganza. De igual modo, ¿puede acaso calificarse de clemencia o misericordia perdonar al pecador por la falta de la que ya fue castigado?, ¿y perdonarlo por sus pecados infringiendo el castigo a un tercero? El Dios que adoramos es el Dios de la clemencia. Si nos impone normas y nos exige acatarlas ello no repercute en su propio beneficio, sino en el nuestro. Si castiga al hombre por sus faltas y pecados no es para recrearse en la satisfacción malsana de haber resarcido su agravio, como se desprende de la doctrina cristiana, sino para evitar la extensión del pecado y lavar la culpa del pecador. A cuantos se arrepienten y enmiendan, Dios les perdona sus faltas y pecados; no los castiga, ni a ellos ni a otro en su lugar. Y en nada contradice esto el principio de justicia divina pues Dios dice (lo que se interpreta en español): {Vuestro Señor ha decretado que Su misericordia esté por encima de Su ira. Quien de vosotros cometa una falta por ignorancia, y luego se arrepienta y enmiende, [sepa] que ciertamente Él es Absolvedor, Misericordioso. } [Corán 6: 54] 

Las doctrinas del Cristianismo y del Islam (Parte 1)

Las doctrinas del Cristianismo y del Islam (Parte 2)

Las doctrinas del Cristianismo y del Islam (Parte 4)

 


[1] Lo cual, por cierto, contradice otros pasajes en los que se afirma que se puede redimir el pecado con trigo (Levítico), con dinero (Éxodo 30:15) e incluso con joyas (Números 31:50).
[2] Si la única vía para la salvación del alma radica en la fe en la redención que se sigue de la pasión y muerte de Cristo, ¿debemos colegir entonces que quienes vivieron antes de que tal suceso aconteciera están irremisiblemente condenados?

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